MELONCILLO
|
La RFEC aclara que el arruí y el muflón son especies consideradas naturalizadas y su caza está permitida con normalidad. El arruí es considerado especie exótica en Canarias y no hay limitación para especies cinegéticas autóctonas. Se prohíbe especies cinegética hibridas como la perdiz roja. Obligando a la perdiz autóctona, desechando la perdiz chuckar. Prohibida la codorniz japónica (coturnix japonica) y permitida la coturnix coturnix.
La RFEC considera que las especies invasoras y asilvestradas tendrían que tener los cazadores potestad de cazarlo, sin autorización administrativa (Comunidad Autónoma correspondiente) para controlar dichas especies. Así mismo hace hincapié para comprobar el control de especies muy dañinas para la caza menor como el meloncillo
(Fuente: http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1096696)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario. Será revisado por si no cumple con alguna de las normas de respeto, xenofobia, o intolerancia.